LA TELEMEDICINA, LA SOLUCIÓN EN TIEMPOS DE PANDEMIA.
Ante la realidad que nos atropella, los sistemas de salud, se han enfrentado ante un gran reto, viéndose retada su capacidad de asistencia a sus pacientes, por los diferentes medios virtuales, bien sea por teléfono o por medio del internet.
La terrible pandemia que nos aqueja, esta transformado nuestro sistema de salud, el cual, establece a hoy, tres formas de prestar servicios de salud, intramural, extramural y la telemedicina, siendo la telemedicina seis meses atrás, la forma excepcional, de brindar servicios de salud, pues no era la forma más común o general, se trataba de una manera de atender a los usuarios del sistema, en desarrollo y aumento, pues desde la expedición de la ley 1419 de 2010, el termino Telemedicina, comenzó a tener cada vez más fuerza y ser más utilizado entre las IPS del sistema de Salud. Ya con la expedición de la Resolución 2654 de 2019, la Telemedicina, era un sistema de mucho más uso y más aceptación por parte de los usuarios, de igual forma, su regulación ya estaba mucho más clara y definida, permitiendo que desde el punto de vista jurídico se disminuyeran los riesgos de atención por vía telefónica o por internet, ya que, desde el punto de vista jurídico, la telemedicina, reviste una serie de riesgos e interrogantes para los profesionales de la salud, comenzando desde cómo tomar el consentimiento informado de sus pacientes, hasta cómo realizar una valoración médica adecuada, temas que han sido desarrollados y aclarados a través del tiempo y con la regulación expedida para ello.
En el contexto actual, en el que debemos protegernos ante la amenaza del Covid-19, la telemedicina, se ha convertido en una alternativa eficaz y adecuada, para garantizar el acceso a los servicios de salud, comenzando a recorrer un camino de crecimiento exponencial no solo en Colombia sino en todo el mundo, por ejemplo, En Estados Unidos, la mayoría de las consultas se están realizando de manera virtual, diez veces más que antes de la pandemia; En China se aconsejó a los pacientes que buscaran ayuda médica a través de la telemedicina, es por ello, que las autoridades decidieron pagar las consultas de atención virtual porque los hospitales y las clínicas se encuentran colapsados. De esta forma, los médicos pueden atender el triple de pacientes al día; En el Reino Unido también se sigue por el camino de la asistencia online. La relación riesgo-costo-beneficio de esta atención virtual ha cambiado enormemente la práctica clínica, y si bien muchos consideran que la experiencia no cuenta con la misma calidad que si fuese de manera presencial, cada vez es más elegida por los pacientes. Italia también se inclina por incrementar la capacidad de la telemedicina, ya que actualmente no cuentan con la infraestructura y recursos necesarios para integrarlo a la consulta presencial; En Argentina, los servicios de medicina privada y las nuevas prepagas “digitales” están desplegando su catálogo de soluciones para asistir cada vez a más personas y, a la vez, alivianar el sistema de salud con el objetivo de evitar el traslado de los pacientes a consultorios, guardias y salas de atención presencial.
Este tipo de atención, no siempre satisface las necesidades de los pacientes, quienes son los beneficiarios directos del sistema de salud, por lo que siempre debe pensarse en garantizar sus derechos, brindándole todas las condiciones de seguridad, confidencialidad y profesionalismo que amerita el asunto. Es por esto, que debemos siempre pensar en el paciente, en crear formas de comunicación, que le permitan al profesional, tener un buen acercamiento y un buen contacto con su paciente, así sea por teléfono, que le permitan al paciente sentirse seguro y cómodo, lo que amerita que los profesionales de la salud, cuenten con habilidades comunicativas particulares, que no enseñan en la facultad de medicina, así mismo, es necesario asegurar la confidencialidad de la información que sea brindada por el paciente al profesional. En estos casos, por ejemplo, la historia clínica en la teleconsulta, no solo está conformada por documentos digitalizados o físicos, sino también por documentos de audio, como son las autorizaciones o consentimientos que el paciente otorga al profesional, los cuales deben ser archivados con total reserva, pues son parte de la historia clínica del usuario, siendo obligatorio para la IPS, contar con un sistema de grabación, que permita archivar esa autorización o consentimiento en la historia clínica del paciente, pues en caso de reclamos o procesos judiciales, es menester contar con ese material probatorio.
Mas allá de la pandemia, que nos obligó a comunicarnos a través de las pantallas y olvidar el contacto físico, debemos estar atentos a los cambios que a nivel global, esta sufriendo la atención en salud, cambios profundos en el sistema de salud, no solo para las instituciones, IPS o EPS, sino también, para los profesionales en salud, que deben estar en constante preparación, para enfrentarse a los retos que implica el uso de las nuevas tecnologías, en pro de garantizar la accesibilidad al sistema de salud a sus usuarios.
LUZ ANGELA SANTOS NIÑO
ABOGADA